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Toda esta información la podrás encontrar en nuestra POLÍTICA DE PRIVACIDAD.

A) Cláusulas para prestadores de servicio con acceso a los sistemas de información.

1. Objeto del encargo del tratamiento

Mediante las presentes cláusulas se habilita a HOSTINGER, como encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de NOMBRE DE LA EMPRESA, en calidad de responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio que en adelante se especifican.

El tratamiento consistirá en HOSTING Y EMAIL .

2. Identificación de la información afectada

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, la entidad NOMBRE DE LA EMPRESA como responsable del tratamiento, pone a disposición de la entidad HOSTINGER la información disponible en los equipos informáticos que dan soporte a los tratamientos de datos realizados por el responsable.

3. Duración

El presente acuerdo tiene una duración de                , siendo renovado automáticamente salvo decisión en contra por alguna de las partes.

Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe devolver al responsable los datos personales tratados y suprimir cualquier copia que mantenga en su poder. No obstante, podrá mantener bloqueados los datos por el tiempo mínimo necesario para atender posibles responsabilidades que pudieran derivarse de su relación con NOMBRE DE LA EMPRESA, destruyéndose de forma segura y definitiva al finalizar dicho plazo.

4. Obligaciones del encargado del tratamiento

El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:

  • Utilizar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones documentadas del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones facilitadas infringe el Reglamento General de Protección de Datos o cualquier otra disposición en materia de protección de datos, el encargado informará inmediatamente al responsable.
  • No comunicar ni difundir los datos a terceros, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento o en los supuestos legalmente admisibles. Si el encargado quiere subcontratar, total o parcialmente, los servicios objeto de este contrato, tiene que informar al responsable y solicitar su autorización previa.
  • Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice el contrato.
  • Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidady a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado deberá informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
  • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
  • Notificación de violaciones de la seguridad de los datos:

El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que le indique el responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Asimismo, notificará cualquier fallo que haya sufrido en sus sistemas de tratamiento y gestión de la información y que pueda poner en peligro la seguridad de los datos personales tratados, su integridad o disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones accedidos durante la ejecución del contrato.

Se facilitará, como mínimo, la información siguiente:

  1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
  2. Datos de la persona de contacto para obtener más información.
  3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
  4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.

  • Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para permitir y contribuir a la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
  • Auxiliar al responsable de tratamiento a implantar las medidas de seguridad necesarias para:

a)   Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

b)   Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

c)   Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

  • Destino de los datos:

El encargado del tratamiento no conservará datos de carácter personal relativos a los tratamientos realizados salvo que sea estrictamente necesario para la prestación del servicio objeto del contrato y solo por el tiempo mínimo imprescindible.

Una vez finalizada la prestación del servicio objeto de contrato, el encargado del tratamiento suprimirá, devolverá al responsable o entregará, en su caso, a un nuevo encargado, según determine NOMBRE DE LA EMPRESA, todos los datos de carácter personal.

No procede la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso deben devolverse al responsable que garantizará su conservación, debidamente bloqueados, mientras tal obligación persista.

La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia de los datos, debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de los servicios prestados al responsable del tratamiento.

5. Obligaciones del responsable del tratamiento

Corresponde al responsable del tratamiento:

  1. Facilitar al encargado el acceso a los equipos a fin de que pueda prestar el servicio contratado.
  2. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en material de protección de datos por parte del encargado del tratamiento.
  3. Supervisar el tratamiento, incluida la posibilidad de solicitar información para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato.

B) Cláusulas de confidencialidad para prestadores de servicio con acceso accidental a los datos.

AVISO: Deberá incluir está cláusula de confidencialidad como una más dentro del contrato que suscriba con el prestador de servicios.

1. Deber de confidencialidad

La prestación de servicio objeto de este contrato no incluye el tratamiento de datos de carácter personal.

No obstante, en el caso de que el personal de HOSTINGER, de forma accidental o accesoria, fuera conocedor de información de datos de carácter personal relativa a las actividades de tratamiento de NOMBRE DE LA EMPRESA, vendrán obligados a observar estrictamente el deber de secreto y confidencialidad, tanto durante el transcurso de la relación contractual como una vez extinguida esta,

  1. siguiendo en todo momento las indicaciones del personal de NOMBRE DE LA EMPRESA
  2. no pudiendo utilizar la información a la que hubieran podido tener acceso para ninguna finalidad distinta a la derivada de la prestación de servicio y
  3. no pudiendo divulgar, dar a conocer ni utilizar en beneficio propio o de terceros la información que hubieran podido conocer durante la prestación del servicio objeto de este contrato.

AVISO: En su contrato con la empresa que le presta el servicio deberá incluir uno de los siguientes tipos de cláusulas contractuales, en función de si la empresa tiene acceso a los sistemas de información en los que el responsable realiza el tratamiento de datos (proveedores de hosting, prestadores de servicio de correo, mantenimiento informático,…) o si sólo tiene acceso accidental a los datos en virtud del servicio que presta y debe de mantener la confidencialidad de aquella información que pudiera llegar a conocer (empresas de servicio de limpieza, empresas de mantenimiento, …).

A) Cláusulas para prestadores de servicio con acceso a los sistemas de información.

1. Objeto del encargo del tratamiento

Mediante las presentes cláusulas se habilita a VIMEO , como encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de NOMBRE DE LA EMPRESA, en calidad de responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio que en adelante se especifican.

El tratamiento consistirá en VIDEO STREAMMING .

2. Identificación de la información afectada

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, la entidad NOMBRE DE LA EMPRESA como responsable del tratamiento, pone a disposición de la entidad VIMEO  la información disponible en los equipos informáticos que dan soporte a los tratamientos de datos realizados por el responsable.

3. Duración

El presente acuerdo tiene una duración de                , siendo renovado automáticamente salvo decisión en contra por alguna de las partes.

Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe devolver al responsable los datos personales tratados y suprimir cualquier copia que mantenga en su poder. No obstante, podrá mantener bloqueados los datos por el tiempo mínimo necesario para atender posibles responsabilidades que pudieran derivarse de su relación con NOMBRE DE LA EMPRESA, destruyéndose de forma segura y definitiva al finalizar dicho plazo.

4. Obligaciones del encargado del tratamiento

El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:

  • Utilizar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones documentadas del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones facilitadas infringe el Reglamento General de Protección de Datos o cualquier otra disposición en materia de protección de datos, el encargado informará inmediatamente al responsable.
  • No comunicar ni difundir los datos a terceros, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento o en los supuestos legalmente admisibles. Si el encargado quiere subcontratar, total o parcialmente, los servicios objeto de este contrato, tiene que informar al responsable y solicitar su autorización previa.
  • Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice el contrato.
  • Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidady a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado deberá informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
  • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
  • Notificación de violaciones de la seguridad de los datos:

El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que le indique el responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Asimismo, notificará cualquier fallo que haya sufrido en sus sistemas de tratamiento y gestión de la información y que pueda poner en peligro la seguridad de los datos personales tratados, su integridad o disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones accedidos durante la ejecución del contrato.

Se facilitará, como mínimo, la información siguiente:

  1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
  2. Datos de la persona de contacto para obtener más información.
  3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
  4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.

  • Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para permitir y contribuir a la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
  • Auxiliar al responsable de tratamiento a implantar las medidas de seguridad necesarias para:

a)   Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

b)   Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

c)   Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

  • Destino de los datos:

El encargado del tratamiento no conservará datos de carácter personal relativos a los tratamientos realizados salvo que sea estrictamente necesario para la prestación del servicio objeto del contrato y solo por el tiempo mínimo imprescindible.

Una vez finalizada la prestación del servicio objeto de contrato, el encargado del tratamiento suprimirá, devolverá al responsable o entregará, en su caso, a un nuevo encargado, según determine NOMBRE DE LA EMPRESA, todos los datos de carácter personal.

No procede la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso deben devolverse al responsable que garantizará su conservación, debidamente bloqueados, mientras tal obligación persista.

La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia de los datos, debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de los servicios prestados al responsable del tratamiento.

5. Obligaciones del responsable del tratamiento

Corresponde al responsable del tratamiento:

  1. Facilitar al encargado el acceso a los equipos a fin de que pueda prestar el servicio contratado.
  2. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en material de protección de datos por parte del encargado del tratamiento.
  3. Supervisar el tratamiento, incluida la posibilidad de solicitar información para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato.

B) Cláusulas de confidencialidad para prestadores de servicio con acceso accidental a los datos.

AVISO: Deberá incluir está cláusula de confidencialidad como una más dentro del contrato que suscriba con el prestador de servicios.

1. Deber de confidencialidad

La prestación de servicio objeto de este contrato no incluye el tratamiento de datos de carácter personal.

No obstante, en el caso de que el personal de VIMEO , de forma accidental o accesoria, fuera conocedor de información de datos de carácter personal relativa a las actividades de tratamiento de NOMBRE DE LA EMPRESA, vendrán obligados a observar estrictamente el deber de secreto y confidencialidad, tanto durante el transcurso de la relación contractual como una vez extinguida esta,

  1. siguiendo en todo momento las indicaciones del personal de NOMBRE DE LA EMPRESA
  2. no pudiendo utilizar la información a la que hubieran podido tener acceso para ninguna finalidad distinta a la derivada de la prestación de servicio y
  3. no pudiendo divulgar, dar a conocer ni utilizar en beneficio propio o de terceros la información que hubieran podido conocer durante la prestación del servicio objeto de este contrato.

AVISO: En su contrato con la empresa que le presta el servicio deberá incluir uno de los siguientes tipos de cláusulas contractuales, en función de si la empresa tiene acceso a los sistemas de información en los que el responsable realiza el tratamiento de datos (proveedores de hosting, prestadores de servicio de correo, mantenimiento informático,…) o si sólo tiene acceso accidental a los datos en virtud del servicio que presta y debe de mantener la confidencialidad de aquella información que pudiera llegar a conocer (empresas de servicio de limpieza, empresas de mantenimiento, …).

A) Cláusulas para prestadores de servicio con acceso a los sistemas de información.

1. Objeto del encargo del tratamiento

Mediante las presentes cláusulas se habilita a MICROSOFT, como encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de NOMBRE DE LA EMPRESA, en calidad de responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio que en adelante se especifican.

El tratamiento consistirá en OFFICE 365.

2. Identificación de la información afectada

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, la entidad NOMBRE DE LA EMPRESA como responsable del tratamiento, pone a disposición de la entidad MICROSOFT la información disponible en los equipos informáticos que dan soporte a los tratamientos de datos realizados por el responsable.

3. Duración

El presente acuerdo tiene una duración de                , siendo renovado automáticamente salvo decisión en contra por alguna de las partes.

Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe devolver al responsable los datos personales tratados y suprimir cualquier copia que mantenga en su poder. No obstante, podrá mantener bloqueados los datos por el tiempo mínimo necesario para atender posibles responsabilidades que pudieran derivarse de su relación con NOMBRE DE LA EMPRESA, destruyéndose de forma segura y definitiva al finalizar dicho plazo.

4. Obligaciones del encargado del tratamiento

El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:

  • Utilizar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones documentadas del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones facilitadas infringe el Reglamento General de Protección de Datos o cualquier otra disposición en materia de protección de datos, el encargado informará inmediatamente al responsable.
  • No comunicar ni difundir los datos a terceros, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento o en los supuestos legalmente admisibles. Si el encargado quiere subcontratar, total o parcialmente, los servicios objeto de este contrato, tiene que informar al responsable y solicitar su autorización previa.
  • Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice el contrato.
  • Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidady a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado deberá informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
  • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
  • Notificación de violaciones de la seguridad de los datos:

El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que le indique el responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Asimismo, notificará cualquier fallo que haya sufrido en sus sistemas de tratamiento y gestión de la información y que pueda poner en peligro la seguridad de los datos personales tratados, su integridad o disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones accedidos durante la ejecución del contrato.

Se facilitará, como mínimo, la información siguiente:

  1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
  2. Datos de la persona de contacto para obtener más información.
  3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
  4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.

  • Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para permitir y contribuir a la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
  • Auxiliar al responsable de tratamiento a implantar las medidas de seguridad necesarias para:

a)   Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

b)   Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

c)   Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

  • Destino de los datos:

El encargado del tratamiento no conservará datos de carácter personal relativos a los tratamientos realizados salvo que sea estrictamente necesario para la prestación del servicio objeto del contrato y solo por el tiempo mínimo imprescindible.

Una vez finalizada la prestación del servicio objeto de contrato, el encargado del tratamiento suprimirá, devolverá al responsable o entregará, en su caso, a un nuevo encargado, según determine NOMBRE DE LA EMPRESA, todos los datos de carácter personal.

No procede la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso deben devolverse al responsable que garantizará su conservación, debidamente bloqueados, mientras tal obligación persista.

La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia de los datos, debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de los servicios prestados al responsable del tratamiento.

5. Obligaciones del responsable del tratamiento

Corresponde al responsable del tratamiento:

  1. Facilitar al encargado el acceso a los equipos a fin de que pueda prestar el servicio contratado.
  2. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en material de protección de datos por parte del encargado del tratamiento.
  3. Supervisar el tratamiento, incluida la posibilidad de solicitar información para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato.

B) Cláusulas de confidencialidad para prestadores de servicio con acceso accidental a los datos.

AVISO: Deberá incluir está cláusula de confidencialidad como una más dentro del contrato que suscriba con el prestador de servicios.

1. Deber de confidencialidad

La prestación de servicio objeto de este contrato no incluye el tratamiento de datos de carácter personal.

No obstante, en el caso de que el personal de MICROSOFT, de forma accidental o accesoria, fuera conocedor de información de datos de carácter personal relativa a las actividades de tratamiento de NOMBRE DE LA EMPRESA, vendrán obligados a observar estrictamente el deber de secreto y confidencialidad, tanto durante el transcurso de la relación contractual como una vez extinguida esta,

  1. siguiendo en todo momento las indicaciones del personal de NOMBRE DE LA EMPRESA
  2. no pudiendo utilizar la información a la que hubieran podido tener acceso para ninguna finalidad distinta a la derivada de la prestación de servicio y
  3. no pudiendo divulgar, dar a conocer ni utilizar en beneficio propio o de terceros la información que hubieran podido conocer durante la prestación del servicio objeto de este contrato.

AVISO: En su contrato con la empresa que le presta el servicio deberá incluir uno de los siguientes tipos de cláusulas contractuales, en función de si la empresa tiene acceso a los sistemas de información en los que el responsable realiza el tratamiento de datos (proveedores de hosting, prestadores de servicio de correo, mantenimiento informático,…) o si sólo tiene acceso accidental a los datos en virtud del servicio que presta y debe de mantener la confidencialidad de aquella información que pudiera llegar a conocer (empresas de servicio de limpieza, empresas de mantenimiento, …).

A) Cláusulas para prestadores de servicio con acceso a los sistemas de información.

1. Objeto del encargo del tratamiento

Mediante las presentes cláusulas se habilita a ZOOM, como encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de NOMBRE DE LA EMPRESA, en calidad de responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio que en adelante se especifican.

El tratamiento consistirá en VIDEO CONFERENCIAS .

2. Identificación de la información afectada

Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, la entidad NOMBRE DE LA EMPRESA como responsable del tratamiento, pone a disposición de la entidad ZOOM la información disponible en los equipos informáticos que dan soporte a los tratamientos de datos realizados por el responsable.

3. Duración

El presente acuerdo tiene una duración de                , siendo renovado automáticamente salvo decisión en contra por alguna de las partes.

Una vez finalice el presente contrato, el encargado del tratamiento debe devolver al responsable los datos personales tratados y suprimir cualquier copia que mantenga en su poder. No obstante, podrá mantener bloqueados los datos por el tiempo mínimo necesario para atender posibles responsabilidades que pudieran derivarse de su relación con NOMBRE DE LA EMPRESA, destruyéndose de forma segura y definitiva al finalizar dicho plazo.

4. Obligaciones del encargado del tratamiento

El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:

  • Utilizar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del servicio sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
  • Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones documentadas del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones facilitadas infringe el Reglamento General de Protección de Datos o cualquier otra disposición en materia de protección de datos, el encargado informará inmediatamente al responsable.
  • No comunicar ni difundir los datos a terceros, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento o en los supuestos legalmente admisibles. Si el encargado quiere subcontratar, total o parcialmente, los servicios objeto de este contrato, tiene que informar al responsable y solicitar su autorización previa.
  • Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice el contrato.
  • Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidady a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado deberá informarles convenientemente.
  • Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
  • Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
  • Notificación de violaciones de la seguridad de los datos:

El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo electrónico que le indique el responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. Asimismo, notificará cualquier fallo que haya sufrido en sus sistemas de tratamiento y gestión de la información y que pueda poner en peligro la seguridad de los datos personales tratados, su integridad o disponibilidad, así como cualquier posible vulneración de la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los datos e informaciones accedidos durante la ejecución del contrato.

Se facilitará, como mínimo, la información siguiente:

  1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
  2. Datos de la persona de contacto para obtener más información.
  3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
  4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.

  • Poner disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para permitir y contribuir a la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
  • Auxiliar al responsable de tratamiento a implantar las medidas de seguridad necesarias para:

a)   Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.

b)   Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.

c)   Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.

  • Destino de los datos:

El encargado del tratamiento no conservará datos de carácter personal relativos a los tratamientos realizados salvo que sea estrictamente necesario para la prestación del servicio objeto del contrato y solo por el tiempo mínimo imprescindible.

Una vez finalizada la prestación del servicio objeto de contrato, el encargado del tratamiento suprimirá, devolverá al responsable o entregará, en su caso, a un nuevo encargado, según determine NOMBRE DE LA EMPRESA, todos los datos de carácter personal.

No procede la destrucción de los datos cuando exista una previsión legal que obligue a su conservación, en cuyo caso deben devolverse al responsable que garantizará su conservación, debidamente bloqueados, mientras tal obligación persista.

La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado. No obstante, el encargado puede conservar una copia de los datos, debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de los servicios prestados al responsable del tratamiento.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

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